Perú·Diario Oficial El Peruano
Ketamina con receta retenida y naloxona sin control: el proyecto del MINSA que todavía no es norma
El Ministerio de Salud propone incorporar la ketamina a la lista de sustancias fiscalizadas, donde quedaría en el puesto 39 entre 90 medicamentos controlados, y sacar de otra lista la naloxona, el antídoto contra las sobredosis de opioides, para que sea más fácil de conseguir. Es un proyecto de decreto supremo publicado en El Peruano el 17 de septiembre y abierto a comentarios hasta diciembre, no una norma vigente, y si llegara a aprobarse recién entraría en vigencia seis meses después.
La ketamina casi nunca pasa por el mostrador de una farmacia de barrio: es un anestésico de hospital, el de la sala de operaciones y las emergencias, y también de uso veterinario. La naloxona tampoco se ve mucho, aunque es lo que se inyecta para que alguien vuelva a respirar después de una sobredosis de opioides. El Ministerio de Salud del Perú quiere cambiar el estatus legal de las dos a la vez y en direcciones opuestas: controlar la ketamina y soltar la naloxona.
Qué propone exactamente el proyecto
El documento se llama Resolución Ministerial N.° 831-2026-MINSA. La firmó el ministro de Salud, Luis Williams Dyer Fernández, el 16 de septiembre de 2026, y salió en el diario oficial El Peruano al día siguiente. No aprueba nada: ordena que se publique, para que cualquiera opine, un proyecto de decreto supremo que modifica las Listas IV B y VI del Anexo N.° 2 del Reglamento de estupefacientes, psicotrópicos y otras sustancias sujetas a fiscalización sanitaria, vigente desde 2001. Cada página del borrador lleva al pie su estado real: versión publicada para opinión.
En el anexo, la Lista IV B aparece con 90 sustancias y la ketamina figura en el puesto 39, resaltada en negrita, entre la imipramina y el ketazolam. Esa sería su compañía: alprazolam, clonazepam, diazepam, fluoxetina, sertralina, tramadol, zolpidem. Medicamentos legales y corrientes, pero vigilados. La Lista VI, en cambio, queda reducida a cinco nombres, nalorfina, levalorfán, ciclazocina, diprenorfina y apomorfina. La naloxona ya no está ahí.
DIGEMID, la dirección del MINSA que impulsó la propuesta, explicó en su comunicado del 2 de octubre qué significaría eso: de aprobarse, la dispensación de ketamina estará sujeta a receta retenida, con control de toda la cadena, desde la importación hasta la entrega al paciente. Conviene la precisión: la expresión receta retenida no está en el articulado, sino en la explicación de DIGEMID sobre lo que implica entrar a la Lista IV B.
Incorporar la ketamina como sustancia sujeta a fiscalización permitirá reforzar su control y trazabilidad en toda la cadena, asegurando su uso adecuado y contribuyendo a prevenir su desvío para fines ilícitos.
Lida Hildebrandt, directora general de DIGEMID, Ministerio de Salud del Perú
Con qué números lo sustenta el MINSA
La exposición de motivos, donde el Estado explica por qué quiere algo, trae las únicas cifras peruanas del expediente, y son más modestas de lo que sugiere el tono. Entre 2019 y 2024, el Sistema de Información Nacional de Interdicción Contra el Tráfico Ilícito de Drogas emitió 62 informes periciales sobre ketamina; en el mismo periodo hubo 28.409 sobre pasta básica de cocaína y 23.006 sobre marihuana. El MINSA argumenta que, dejando de lado las tres mayoritarias, la ketamina queda quinta en peritajes químicos.
Sobre los daños, el documento cita al Instituto Nacional sobre el Abuso de Drogas de Estados Unidos: el uso regular de ketamina se asocia a un trastorno por consumo de sustancias, con pérdida de control sobre las dosis, dependencia y tolerancia, y a alteraciones cognitivas y afectivas severas, además de daños en el sistema urinario. Añade que en 2023 los establecimientos del MINSA atendieron 80.271 casos de trastornos mentales derivados del consumo de sustancias psicoactivas, por todas las drogas juntas.
El movimiento inverso tiene su propio argumento. La naloxona revierte la depresión respiratoria de una sobredosis de opioides y está en la Lista de Medicamentos Esenciales de la Organización Mundial de la Salud, en la categoría de antídotos. El proyecto recuerda que la agencia reguladora de Estados Unidos no la considera sustancia controlada porque no tiene potencial de abuso, y que Canadá permite entregarla sin receta en varias jurisdicciones. En el Perú sigue clasificada como psicotrópico, lo que, según el texto, exige receta médica y restringe su acceso aun cuando su única función es revertir la sobredosis. Y responde a la objeción más común: no aumenta el consumo de drogas, pero sí reduce las muertes.
Lo que el documento no dice
Lo primero, que no es una norma. Es un borrador en consulta y puede cambiar, demorarse o no salir nunca. Necesita el refrendo de los ministros de Economía y de Salud, y la propia resolución encarga a DIGEMID recoger los comentarios y recién después redactar la propuesta final. Aunque se aprobara mañana, el artículo 2 fija que entraría en vigencia seis meses después de publicarse. Hoy no cambia nada en una farmacia ni en un hospital.
Lo segundo, que el expediente no demuestra que el desvío de ketamina haya aumentado en el país. Las 62 pericias son informes de laboratorio producidos en intervenciones policiales y repartidos en seis años, no incautaciones ni consumo ni pacientes atendidos. El documento no publica cifras peruanas de intoxicaciones por ketamina, ni de personas que la usen fuera del hospital, ni de muertes asociadas. Los números grandes que cita, las 600.000 muertes anuales por consumo de sustancias y las 125.000 por sobredosis aguda que atribuye a la OMS y la OPS, son globales y corresponden sobre todo a opioides como el fentanilo. De la naloxona tampoco hay datos locales: no dice cuántas dosis hay ni cuánto cuestan.
Vale anotar quién opinó antes. La incorporación de la ketamina y el retiro de la naloxona cuentan con opinión favorable del Ministerio del Interior, a través de su Dirección General Contra el Crimen Organizado y de la Dirección Antidrogas de la Policía Nacional. Es un expediente íntegramente estatal, sin participación declarada de la industria farmacéutica.
Para quien vive en el Perú, lo práctico es esto: la propuesta sigue abierta a comentarios de cualquier persona o institución hasta el 16 de diciembre de 2026, porque los noventa días calendario que fija la resolución empezaron a correr el 18 de septiembre. Se opina por correo a webmaster@minsa.gob.pe o en la mesa de partes del MINSA, en la avenida Salaverry 801, Jesús María. Si el decreto sale, la ketamina quedará más difícil de desviar y la naloxona más fácil de conseguir. Si no, todo queda igual. No corresponde leerlo como si ya fuera ley.
Fuentes y estudios
Los documentos de donde sale esta nota. Ábrelos y compara.
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Diario Oficial El PeruanoDocumento oficial
Resolución Ministerial N.° 831-2026-MINSA: disponen la publicación del proyecto de Decreto Supremo que modifica las Listas IV B y VI del Anexo N.° 2 del Reglamento de estupefacientes, psicotrópicos y otras sustancias sujetas a fiscalización sanitaria, aprobado por Decreto Supremo N.° 023-2001-SA, y del proyecto de su exposición de motivos
Documento primario. Firmada el 16 de septiembre de 2026 y publicada el 17. El PDF de 18 páginas incluye el articulado del proyecto, el anexo con las Listas IV B y VI completas y la exposición de motivos, de donde salen todas las cifras de esta nota: ketamina en el puesto 39 de 90 de la Lista IV B, Lista VI con cinco sustancias, 62 informes periciales entre 2019 y 2024, 80.271 casos atendidos en 2023, noventa días de consulta y seis meses de vacancia. PDF directo: https://cdn.www.gob.pe/uploads/document/file/10645382/8615141-resolucion-ministerial-n-831-2026-minsa.pdf
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DIGEMID, Ministerio de Salud del PerúComunicado
Ministerio de Salud publica proyecto de decreto supremo para fortalecer control sanitario de la ketamina y prevenir su uso indebido
Comunicado que explica públicamente, quince días después de la publicación en El Peruano, qué sustancias están en juego. Es la única fuente de la frase sobre receta retenida y de la cita de la directora general, que no figuran en el articulado del proyecto.
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Agencia AndinaCobertura
Minsa publica proyecto para fortalecer control sanitario de la ketamina y prevenir su uso
Difusión del comunicado oficial el 1 de octubre de 2026. Sirve para fechar cuándo el contenido del proyecto se hizo público, por fuera del texto legal.
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